In an effort to evade liability, Texaco signed with the Ecuadorian State an “environmental reparation” contract, implemented in 1996. The “environmental” work carried out by Texaco was questioned by the plaintiffs and later by the Comptroller General of the State (Ecuador Control Agency, which has an obligation to ensure compliance with contracts that any entity signs with the Ecuadorian State).
Under pressure from the oil company, on August 16, 2002 the Court of Appeals in New York decided to send the case to Ecuador. The plaintiffs unanimously decided to continue with legal action and on May 7, 2003 the lawsuit was filed in the Superior Court of Nueva Loja, Ecuador. On October 21 of that year, thousands of affected people mobilized to the city of Nueva Loja to participate in the hearing that initiated this historic trial; this is the only case in the world where people directly affected by a transnational oil company have been able to execute justice in their own country. Since then, the communities have been in constant action to monitor the judicial process and to make important decisions related to the case.
On February 14th, 2011,18 years after the affected people began their legal fight, the president of the Single Chamber of the Provincial Justice Court of Sucumbíos issued the sentence at first instance. The judge declared the oil company Chevron, formerly Texaco, liable for the environmental damage in the northern zone of the Ecuadorian Amazon and therefore condemned the company to pay $9.5 billion and set punitive damages. The verdict also included the measure that the oil company publicly apologize to the affected Ecuadorians in 15 days; otherwise, the penalty would duplicate.
Read the sentence fallo-primera-instancia
On January 3, 2012, the Single Chamber of the Provincial Justice Court of Sucumbíos reviewed the first sentence of the case Aguinda v. Chevron following the appeal filed by the oil company Chevron, formerly Texaco. On that date, the magistrates of the chamber ratified the $9.5 billion fine and maintained the punitive damages, that is to say, the sanction of a doubled fine should the company not publicly apologize to the victims for the environmental damage it caused during its operations in the Orellana and Sucumbíos provinces.
Read the sentence fallo-segunda-instancia.
The Civil and Mercantile Chamber of the National Justice Court of Ecuador, November 12, 2013, issued its ruling regarding the cassation procedure filed by Chevron, formerly Texaco. In this instance, the magistrates of the chamber ratified the damage caused by the company in the provinces of Orellana and Sucumbiós in the northern Ecuadorian Amazon. The Court ordered the oil company to pay more than 9.5 billion dollars, nevertheless, it withdrew the punitive sanction; that is to say, Chevron no longer needed to publicly apologize to the victims nor pay double the fine for refusing to do so. The ruling affirmed Chevron´s liability for the environmental damage.
Since this ruling was issued by Ecuador´s highest court, it represents the nation´s final verdict.
Read the sentence fallo-tercera-instancia;
In addition, the judge imposed a punitive sanction: Chevron had to publicly apologize to those affected within a period of 15 days after the judgment. Failure to do so would increase the penalty to twice the amount of the issued fine. As the judge abided by this provision and Chevron refused to give an apology, Chevron was fined more than 19 billion dollars, a sum meant for implementing a recovery plan, strengthening ancestral villages, cleaning roads where the company had dumped crude oil, and producing an economic plan for farmers whose land has been affected by pollution.
La estrategia de Chevron para defenderse de las acusaciones ha sido evolutiva y con distintas orientaciones. En primer lugar intentaron demostrar su inocencia sacando a relucir argumentos, como:
Todos esos argumentos en los que basó su defensa la petrolera, fueron desvirtuados por los demandantes dentro del proceso.
Una vez que Chevron se dio cuenta, que sus alegatos no eran consistentes y que la prueba en su contra era contundente, optó por fortalecer su presión política en contra del Estado ecuatoriano con el fin de obligar al Gobierno de la República del Ecuador a inmiscuirse en un litigio que es entre particulares. Para lograr su objetivo ha realizado algunas actividades entre las que se señalan:
Chevron, preveyendo que la Corte ecuatoriana dictaminara en su contra por la cantidad e evidencia científica que demuestra la contaminación retiró todos sus activos del Ecuador con el propósito de evitar que los afectados puedan cobrarle por el daño ambiental cometido en la Amazonía ecuatoriana. Es por esa razón, que los demandantes decidieron ejecutar la sentencia en otros países donde la petrolera posee bienes, tomando en cuenta que la sentencia ecuatoriana de segunda instancia emitida por la Corte Provincial de Sucumbíos, puede ser ejecutada en cualquier parte del mundo.
Los afectados recurrieron a las Cortes de Canadá, Brasil y Argentina. En los primeros dos países se realizan acciones para la homologación de la sentencia, mientras que en Argentina se aplicó la Convención Interamericana sobre Cumplimiento de Medidas Cautelares, lo que posibilitó que se haya dictaminado el embargo y se ha dado inicio al trámite de homologación de sentencia. Estos procedimientos tienen el único fin de que la compañía cumpla con la sentencia impuesta, para iniciar de manera inmediata los trabajos de reparación.
Chevron se valió de todas las vías posibles para intentar terminar con el juicio planteado por los indígenas y colonos de las provincias de Orellana y Sucumbíos y para eso no dudó en usar la vía fraudulenta. Compró laboratorios, Gobiernos, plantó falsos informes técnicos para buscar sitios no contaminados y hasta compró a un ex juez, Alberto Guerra, para armar la historia de que él había escrito la sentencia o que lo hicieron los demandantes, pagando por esto miles de millones de dólares, sin que no pasen de las mentiras. Ahora, Guerra vive en los Estados Unidos, protegido por Chevron, pero sin que pueda argumentar nada en contra del proceso, pues informes técnicos periciales han desmentido su versión e incluso, BAJO DECLARACIÓN JURAMENTADA EN LOS ESTADOS UNIDOS DIJO QUE LO NO TENÍA NADA EN CONTRA DE LOS DEMANTANTES Y QUE MINTIÓ A CHEVRON PARA LOGRAR UNOS CENTAVOS.
Sin embargo, a sabiendas de esto, la petrolera lo tiene como su testigo estrella.
Leer declaración juramentada: Declaración juramentada Augusto Zambrano
El 6 de noviembre del 2012, el juez de los civil de Buenos Aires, Adrián Elcuj Miranda, accedió al pedido de la justicia ecuatoriana bajo la Convención Interamericana sobre Cumplimiento de Medidas Cautelares y de ese modo ordenó el embargo de los activos de Chevron en Argentina por 19 mil millones de dólares. Esta acción fue promovida por el abogado de las víctimas en ese país, Enrique Brochou.
El embargo pesaba sobre acciones, dividendos y el 40% de las ventas de crudo de la filial argentina de la petrolera estadounidense Chevron. La orden de embargo alcanzaba al 100 por ciento de las acciones de Chevron en este país, así como a la totalidad de las participaciones en yacimientos petrolíferos y oleoductos.
El 30 de enero del 2013, la Cámara de Apelaciones de Argentina, desechó el pedido de la petrolera de retirar el dictamen y ratificó, sin modificación alguna, el embargo a los activos, bienes e inversiones de Chevron en ese país. Esta resolución adoptada, de manera unánime, por las tres magistradas que conforman la Cámara, da la razón a los demandantes y ratifican la legalidad de la sentencia emitida en las cortes ecuatorianas.
Sin embargo, el 22 de mayo, la Procuradora General de Argentina, Gils Carbó había argumentado que los sujetos embargados eran “sociedades constituidas en la República Argentina y en el Reino de Dinamarca”, lo que implica que tienen “personalidad jurídica propia y distinta de la de sus accionistas directos e indirectos, según lo estipulado por la legislación nacional”.
El martes, 4 de junio del 2013, La Corte Suprema de Argentina dejó sin efecto un embargo que pesaba por sobre los activos de Chevron. La Corte, en su fallo, hizo hincapié en un argumento; Chevron Argentina, que es una persona jurídica distinta de Chevron Corp. no participó en el juicio en Ecuador y de ese modo se retiró el embargo en ese país.
El 31 de mayo del 2012, el abogado canadiense Alan Lenczner, contratado por los afectados para llevar el caso en ese país, solicitó que la Corte canadiense reconozca la sentencia de los afectados.
El 4 de septiembre del 2015, la Corte Suprema de Canadá, ratificó su jurisdicción y sentenció que los demandantes de Ecuador tienen el derecho a buscar el reconocimiento de la sentencia en ese país. El 20 de agosto de 2016, la Corte de Canadá negó la petición de Chevron, de no dar paso al caso, y luego de escuchar los argumentos de las partes decidió continuar con el proceso en Toronto. En esta audiencia estuvieron miembros de la Unión de Afectados/as por Texaco (Udapt), encabezados por Humberto Piaguaje, coordinador ejecutivo de la organización, y Carmen Zambrano, representante de las víctimas.
Ellos además, mantuvieron importantes encuentros con líderes de organizaciones sociales e indígenas, ONG´s y representantes de medios de comunicación.
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Resumen de negocios
Canadá fue considerado uno de los 10 principales mercados para la inversión de Chevron en el 2012. Durante el 2011, la compañía obtuvo 70.000 barriles diarios de equivalente de petróleo neto, lo cual lo coloca como el país con mayor capacidad de producción de petróleo en el mundo en el período 2009 a 2010 y como el tercer país entre el 2010 a 2011. La relación de Chevron con Canadá tiene ya más de 70 años, en los que ha descubierto y explotado crudo y gas natural. Además ha desarrollado industrias para refinarlos y distribuirlos dentro de ese mismo país.
Chevron realiza sus operaciones a través de la subsidiaria: Chevron Corporation, que incluye a Chevron Canadá Ltd., Chevron Canada Finance Limited (ambas de propiedad absoluta de la empresa) y Chevron Canadá Resources de la cual es accionista.
UDAPT | Portete E12-79 y Abascal, Quito | casotexaco@gmail.com | 593 227 3533
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